La sociedad actual está experimentando múltiples y constantes cambios, de índole económica, tecnológica, judicial, ética, educativa, etc.
En el ámbito sanitario, esto está suponiendo la aparición de un nuevo tipo de paciente, mucho mejor informado y que desea participar de forma más activa en la toma de decisiones que atañen a su salud o la de sus familiares.
Hoy en día existe la obligación de informar al paciente y de responder a las preguntas que nos hace.
Una información adecuada contribuye al cumplimiento terapéutico y a la satisfacción del paciente. Más aún en situaciones en que la urgencia predomina. Una información pertinente contribuye a la tranquilidad del enfermo y de su entorno.
Valorar la información aportada por el médico, la información solicitada por el paciente y su participación en la toma de decisiones no es tarea fácil y obliga a una preparación del profesional sanitario.El ordenamiento jurídico define la información clínica como parte de la lex artis que ha de cumplir todo profesional sanitario y fija unos caracteres que aparecen como mínimos de calidad. Esta información, que ha de ser proporcionada al paciente (salvo excepciones recogidas por la norma), incluye la finalidad de la intervención, los riesgos y su naturaleza. Además, ha de ser real, comprensible para el destinatario y adecuada a sus circunstancias personales y sociales.
La Ley y el Paciente. Dr. Rodríguez Bueno
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarHola a todos!!! Me encanta este blog lo veo super interesante!! Me acabo de enterar que lo que tengo es Cibercondría jajajaj
ResponderEliminarPorque lo busco todo en la web... Y a veces te llevas cada susto, que sólo eso es lo que te obliga a ir al médico jejeje
Respecto a esta entrada decirte que me enteré en mi última revisión que se podía pedir una segunda opinión clínica. ¿Qué te parece? Has oído hablar de esta empresa Segunda opinión Medica.