El Real Decreto sobre Receta Médica y Órdenes de dispensación ofrece más garantías a los pacientes y a los profesionales. Con esta norma se reguló, en su día, un modelo único de receta con requisitos comunes para los medicamentos que la precisen, independientemente de que se prescriban en la sanidad pública o privada y se recoge también por primera vez la regulación de la receta médica electrónica, que se está implantando progresivamente en el Sistema Nacional de Salud.
El Real Decreto estableció el formato en el que deben editarse las recetas oficiales del sistema sanitario, tanto si son públicas como privadas, así como los principales datos que deberán incluir: Datos del paciente,
datos del medicamento, posología y duración del tratamiento y fecha de prescripción. Además, las recetas podrán contener otros datos adicionales que serán específicos de determinados tipos. Por ejemplo, en las recetas para pacientes crónicos se incluirá la fecha prevista de dispensación y el
número de dispensaciones sucesivas.
El Real Decreto amplió la capacidad de prescribir medicamentos a los podólogos, que se unen así a médicos y odontólogos, como profesionales sanitarios con capacidad para prescribir medicamentos sujetos a receta médica.
La regulación de este Real Decreto es de aplicación a la actuación de los profesionales sanitarios autorizados, en el ejercicio de sus funciones, en el ámbito de la asistencia sanitaria y atención farmacéutica del Sístema Nacional de Salud, incluidos los Regímenes especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Aramadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), así como de las demás entidades, consultas médicas, establecimientos o servicios sanitarios similares públicos o privados, incluidos los dependientes de la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa, así como centros sociosanitarios o penitenciarios, sin perjuicio
de las peculiaridades que, en su caso, proceda.
La norma, que estipuló un modelo único de receta tanto para la sanidad pública como para la privada, recogió también la regulación de la receta electrónica.
El decreto fijó unos mecanismos de coordinación con el fin de garantizar que los pacientes desplazados dispongan de su medicamento en cualquier oficina de farmacia del territorio español.
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